Los llamados «asuntos urgentes» del TSJ vulneran la prioridad absoluta de los niños

A principios de agosto, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) detalló cuáles serían los «casos urgentes» que serían atendidos en los tribunales de protección de niños, niñas y adolescentes (NNA) durante la pandemia. La decisión finalmente se da a conocer cuatro meses después de que se decretaran medidas sanitarias por la COVID-19.

Durante este tiempo la suspensión de los procesos judiciales en curso y la imposibilidad de presentar demandas son la constante que vulnera el derecho a la justicia y a la protección que tienen los niños, niñas, adolescentes y sus familias.

En Cecodap observamos con preocupación cómo los conflictos familiares se incrementan durante la cuarentena sin tener un órgano judicial accesible  que ayude a superar los impases, garantice los derechos de esta población y evite males mayores. 

El documento, publicado en la web del TSJ, se titula: Lineamientos para el funcionamiento de los jueces y juezas de la jurisdicción de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en el marco de las medidas de protección a la salud ‘distanciamiento social’, decretadas por el Ejecutivo Nacional frente a la COVID-19. Tendrá valor aplicativo a partir del 12 de agosto.

Es la primera vez, en medio de la cuarentena, que el TSJ detalla los casos que se consideran «urgentes». Desde el 20 de marzo, resoluciones emanadas por el Poder Judicial mantenían a media marcha a los tribunales, sin especificar con precisión y claridad qué tipo de situaciones ameritaban la habilitación de juzgados. Tres resoluciones posteriores prorrogaron la decisión de suspender las causas y no contar los lapsos procesales. Estas medidas institucionalizaron la desprotección a los niños, niñas y adolescentes.

Ahora, hay una lista. Ahora la Sala de Casación Social dio a conocer públicamente cuáles son «los asuntos urgentes» en materia de protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Pero algo falta. En el texto del lineamiento no se indican los mecanismos, recursos o instancias a los que una familia, abogado o cualquier persona interesada puede acudir, si su caso no es atendido. Mucho menos señala qué pasa cuando su problema no se encuentra entre la lista privilegiada.

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Prioridades del TSJ

De acuerdo con los lineamientos del TSJ mientras el país se encuentre bajo cuarentena se atenderán solo casos que se consideren especialmente urgentes. Cuando la causa se relacione con niños se procesarán a través del acceso, recepción y trámite, como por ejemplo un amparo constitucional.

La nota indica que los tribunales implementarán un sistema de guardias entre jueces y todo el personal requerido para el debido funcionamiento del sistema de protección de la niñez y adolescencia. Además, asegura que se garantizarán los mecanismos de comunicación con todos aquellos usuarios que requieran atención inmediata.

En la práctica, este esquema de guardia no es público. No se han desarrollado campañas informativas sobre esta forma de atención por parte del órgano jurisdiccional.

En la web del TSJ, se detalla que las acciones prioritarias serán aquellas que atenten en contra de la vida, seguridad, integridad y salud de esta población. Por tanto, «serán atendidos de forma urgente».

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También se consideran asuntos urgentes:

  • La acción judicial de protección
  • Medidas de protección
  • Colocación familiar
  • Colocación en entidad de atención
  • Adopción
  • Restitución de custodia tanto nacional como internacional
  • Autorizaciones de viaje en los casos en los que sea urgente o por condiciones de salud
  • Privación de patria potestad
  • Ejercicio unilateral de patria potestad
  • Casos de tutela
  • Separación de cuerpos
  • Divorcio por desafecto o por mutuo consentimiento
  • Homologación de acuerdos de liquidación y partición de la comunidad conyugal o de uniones estables de hecho
  • Justificativos para perpetua memoria
  • Acuerdos y convenios de instituciones familiares o sobre asuntos familiares.

En el caso de acciones de disconformidad en contra de los actos administrativos dictados por los Consejos de Protección o el Consejo Municipal de Derechos, deberá ser ponderada la urgencia por el juez de la causa.

¿Tecnología judicial?

Tal como lo dice su encabezado, el acuerdo al que llegó la Sala de Casación Social prioriza la seguridad sanitaria de los ciudadanos.

Sin embargo, considera que una forma para garantizar la debida atención y asistencia, puede hacerse uso de las tecnologías de la información y comunicación. Por ende, permiten recursos como lo son los correos electrónicos, llamadas, chats, videollamadas, entre otros.

Sin embargo, según un reportaje de Efecto Cocuyo, publicado en mayo, «quienes promueven la justicia virtual en tiempos de cuarentena por el COVID-19 no pueden garantizar que todos los jueces, secretarios, fiscales, defensores públicos y abogados litigantes cuenten con los dispositivos móviles imprescindibles: teléfonos inteligentes, laptops o tablets».

Además el sistema Juris se encuentra fuera de servicio desde abril de 2019. Al día de hoy el sistema Juris continua fuera de servicio. Esta es la plataforma que garantiza la automatización en la gestión judicial y es utilizada en los Tribunales de Protección del Niño, Niña y Adolescente.

Si la plataforma web del TSJ permite revisar sus propias sentencias, mucho menos otros tribunales puede garantizar ese derecho.

¿Derechos priorizados?

Bajo el enfoque de indivisibilidad e interdependecia de los derechos reconocidos en la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente resulta complejo priorizar un caso o un problema frente a otro.

Este tipo de medidas deja abierta un margen de discrecionalidad sobre cuáles casos pueden ser considerados urgentes y cuáles no.

Para una niño, niña o adolescente cualquier problema que lo afecta es urgente. La prioridad absoluta como principio no admite excepciones. Es responsabilidad del Estado adoptar todas las medidas para garantizar el acceso a la justicia y la tutela judicial efectiva para todos los ciudadanos, en todo momento.

Escrito por Ángela Villafranca y Carlos Trapani.