¿A dónde voy?, guía de denuncia de hechos violentos contra niños | Parte I

Los niños, niñas o adolescentes (NNA) están expuestos a ser víctima de violencia por parte de sus padres, representantes o responsables y terceros.

Esta violencia puede ser manifestada de forma física, psicológica, verbal, sexual, entre otras.

Es importante saber cómo actuar o cuáles son los pasos a seguir en los casos en los que un niño sea víctima de violencia o abuso sexual. Al tenerse conocimiento de que los derechos de un niño son vulnerados será necesario denunciar de forma oportuna y segura.

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¿Quién puede hacer la denuncia?

Todas las personas tienen derecho de denunciar ante las autoridades competentes los casos de violencia contra niños, niñas y adolescentes. No se exige requisitos especiales, ni tener ningún tipo de parentesco o filiación.

En el caso de que un médico, docente o trabajadores de una defensoría o entidad de atención que en el ejercicio de sus funciones tenga conocimiento una situación de violencia contra un niño, tiene la obligación de denunciar. Se configura el delito de comisión por omisión si alguna de las personas no realiza una denuncia.

El NNA tiene derecho a defender sus derechos, y por ende la denuncia también puede ser realizada por el mismo niño, niña o adolescente, este debe ser escuchado y asistido. La edad, el sexo o cualquier otra condición no puede ser un motivo que impida la recepción y trámite de la denuncia.

¿Dónde se puede denunciar?

  • Defensorías de Niños, Niñas y Adolescentes.
  • Los Consejos de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
  • División de Investigación y Protección en Materia de NNA, Mujer y Familia del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas (Cicpc).
  • Cuerpos policiales municipales o regionales.
  • Jueces de Paz.
  • Ministerio Público.

Las Defensorías de Niños, Niñas y Adolescentes es un servicio que se encuentra a nivel municipal  y dentro de sus responsabilidades puede ofrecer orientación y apoyo interdisciplinario, estimular y fortalecer los lazos familiares, promover la conciliación permitidos por la ley, así como orientar o denunciar en los casos de violencia que deben ser atendidos por los Consejos de Protección u otro organismo. Los servicios de todas las Defensorías de Niños, Niñas y Adolescentes son gratuitos, confidenciales, de carácter orientador y no impositivo.

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Los Consejos de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes son los órganos administrativos municipales encargados de conocer los casos de amenazas o violación a los derechos de los niños, niñas o adolescentes individualmente considerados, es decir, conocen exclusivamente de casos individuales. A partir de esta competencia los consejos de protección puede dictar, ejecutar, revisar todas aquellas medidas de protección a favor de niños, niñas y adolescentes con la finalidad de proteger sus derechos. Existe un consejo de protección por cada municipio, por lo tanto, la denuncia debe ser realizada en el municipio que corresponda con el domicilio del afectado.

Las medidas de protección son órdenes de obligatorio cumplimiento dictadas por los consejos de protección en los casos de amenaza o violación a los derechos. Estas medidas tienen la finalidad de preservar o restituir los derechos.

La amenaza o violación que amerite una medida de protección puede ser provocada por  la acción u omisión del Estado, la sociedad, los particulares, el padre, la madre, representantes, responsables o de la propia conducta del niño, niña o del adolescente.

La Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente establece un listado de medidas de protección que pueden ser aplicadas a situaciones concretas que van desde inclusión en un programa, orden de tratamiento médico o psicológico o separación del maltratador del entorno.

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