“¡Soraya, se llevaron al niño preso!”, relato de un abuso policial en cuarentena

“¡Soraya, Soraya! Corre, baja. Se llevaron al niño preso. ¡Corre, se llevaron a Pablo!”. Los gritos de los vecinos alertaron a Soraya, una abuela a cargo de su nieto de 12 años de edad. La advertencia la sacó de la cocina, donde preparaba la cena del martes 19 de mayo. 

Esa noche Pablo estaba con dos amigos de su edad en la plaza de su edificio, ubicado en un estado al norte de Venezuela. Veían videos en el celular. El 16 de marzo, una cuarentena fue decretada como mecanismo de  prevención ante la pandemia de COVID-19. Desde ese día, niños, niñas y adolescentes tuvieron que convertir su hogar en patio de juegos, salón de clase, sala de cine y ambiente familiar. En más de 60 días, las autoridades venezolanas han flexibilizado la medida preventiva para que la población infantil pueda salir durante dos fines de semana.

“Llegaron unos 10 policías, nos dijeron que nos pegáramos a la pared y ahí nos revisaron. Me tocaron las piernas y revisaron mi bolsillo. Solo tenía mi celular”, dijo Pablo a Cecodap en una entrevista telefónica.

Los funcionarios de la policía estadal se llevaron a los chicos al comando policial más cercano. Cuando Pablo entró vio a otros 20 muchachos. Calculó que había niños entre 7 y 10 años de edad y varios adolescentes. “Tenía miedo de que me llevaran a limpiar las playas y me dejaran botado”, mencionó.

Los chicos detenidos en la redada vivían en varios edificios de la urbanización. Los oficiales fueron edificio por edificio llevándose a los chamos. En la sede policial, Pablo vio que algunos llevaban tapabocas. Les hicieron anotar su nombre en una lista y poco a poco sus representantes los fueron a buscar. 

Cuando Soraya llegó al módulo, vio a su nieto adentro. Ningún policía le había avisado de la detención, solo los vecinos lo hicieron. Al entrar, ella también sintió miedo. Pensó que podían meterlo en una cárcel.

Ambos recibieron un recordatorio de que deben usar mascarillas y respetar la cuarentena.  Luego, pudieron irse. El incidente se convirtió para ambos en un susto y para Pablo en un castigo: no más salidas.

En realidad, el incidente fue desde el principio una violación a los derechos de los niños, niñas y adolescentes:

  • Es una privación ilegitima de libertad.
  • Hubo revisión física sin presencia de representantes o testigos mayores de edad.
  • No se precisó qué se buscaba durante la revisión.
  • El traslado se hizo sin notificación a los representantes.
  • Hubo amenazas para infundir temor.

Lo que vivió Pablo representa un abuso policial. Fue víctima de un delito.

(Se omiten detalles del lugar y cuerpo policial en aras de evitar represalias contra la familia, niños y adolescentes. Los nombres de las víctimas fueron cambiados, de acuerdo al artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes).

Un parado al abuso policial

Casos como estos nos llenan de preocupación porque representan no solo una violación a los derechos de los niños sino un claro abuso de autoridad de la función policial. En un contexto de cuarentena social los excesos, abusos de autoridad y discrecionalidades de los funcionarios policiales se hacen más frecuentes bajo una falsa premisa de protección. En ningún caso, una medida sanitaria ni la intervención de un funcionario policial puede violar los derechos de los ciudadanos, ni someterlos a riesgos o amenazas a su integridad o libertad personal. Mucho menos si se trata de niños, niñas y adolescentes.

La Ley Orgánica del Servicio de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional, aprobada en el año 2009, establece en su artículo 65 literal 9 que:

“todo funcionario policial debe extremar las precauciones, cuando la actuación policial esté dirigida hacia los niños, niñas y adolescentes para garantizar su seguridad e integridad física, psíquica y moral”.

De acuerdo a nuestras leyes todo funcionario policial los funcionarios y funcionarias policiales deben conocer, respetar y garantizar los derechos y garantías de los niños, niñas y adolescentes   hacerlos respetar por terceras personas. 

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No son admisibles procedimientos o medidas que menoscaben o nieguen su condición de ciudadano. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a la protección frente a la acción de terceros que vulneren sus derechos. 

Desde Cecodap rechazamos este tipo de procedimientos y prácticas y exigimos al Ministerio para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, así como, al Ministerio Público adoptar todas las medidas que sean necesaria para que estos hechos sean sancionados y no se repitan.

Escrito por Vanessa Moreno Losada y Carlos Trapani.