Con sorpresa y sin ningún proceso de consulta previa se conoció el 16 de diciembre de 2021 la reforma de la Ley de Registros y Notarías. Con esta reforma se indica que el cobro de los aranceles correspondientes a la inscripción, protocolización y autenticación de documentos o de actos a través del Servicio Autónomo de Registros y Notarías (Saren) estará anclado al precio del petro, es decir, una moneda virtual que está respaldada por varios recursos naturales del país como el petróleo. Actualmente, el costo de un petro equivale a 266,21 Bs, esto es, aproximadamente 60,50 Dólares.
¿Cómo me afecta esto? Esta ley es fundamental para las actividades civiles y mercantiles que realiza cualquier ciudadano. Su finalidad es garantizar la seguridad jurídica, la libertad contractual y el principio de legalidad de los actos o negocios jurídicos, bienes y derechos reales que se materializan en la dinámica social.
Con la nueva forma de cálculo de los aranceles se hace inaccesible el servicio de registro y notarias para muchas familias; tomando en cuenta que el sueldo mínimo de un venezolano es de aproximadamente 14 bolívares (3,18 dólares). Es decir, formalizar jurídicamente una compra – venta, arrendamientos, creación de empresas, registro de asociaciones civiles, otorgamiento de poderes, registros decretos de interdicción e inhabilitación civil, inscripción de los títulos y certificados académicos, inscripción de sentencias de divorcio, inscripción de mejoras y bienhechurías y sentencias de título supletorio son algunos de actos jurídicos que incrementan significativamente sus costos.
Efecto en los niños, niñas y adolescentes
Llama la atención la mención sobre los procesos de habilitación para las autorizaciones de viaje de niños, niñas y adolescentes: el arancel que se origina por este trámite se deberá pagar en bolívares al valor del petro vigente a la fecha de la solicitud. Nos encontramos ante una violación abierta del principio de gratuidad reconocido en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (Lopnna).
La nueva reforma de la Ley de Registros y Notarías conlleva una privatización de los servicios públicos en el país, lo que fomenta la informalidad de los trámites administrativos y legales. A pesar de que actualmente aún no se han comenzado a cobrar los aranceles (tomando como referencia el petro) el incremento de los costos de registro en el Saren afecta especialmente a las personas con bajos recursos económicos.
Esta situación, afecta directamente el derecho adquirido de las familias e indirectamente la de los niños, niñas y adolescentes pertenecientes a estas familias con bajos recursos económicos, llevando el acceso al Saren solo a las familias con mejor capacidad económica.
Antecedentes
Se debe mencionar que desde 2018 el costo del pasaporte estaba anclado al valor del petro. Por ende, un pasaporte nuevo es equivalente a 3,3 petros, es decir 200 dólares americanos y una prórroga a 1,6 petros; es decir, 100 dólares americanos, aproximadamente.
En este caso se continúa con la misma premisa que con el del incremento de los aranceles de la Ley de Registros y Notarías, dicho incremento afecta directamente a las familias con menos recursos económicos, pero en este caso en particular, también afecta directamente a los niños, niñas y adolescentes puesto que, su derecho a tener un pasaporte estará ligado a la capacidad económica de sus padres.
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En el artículo 9 de la Lopnna se reconoce el derecho a la gratuidad de las actuaciones administrativas y judiciales. Es decir, que de acuerdo a la norma toda solicitud que tenga relación al ejercicio de los derechos de los niños, niñas y adolescentes debe ser de carácter gratuito, eliminando toda clase de cobro, emolumento, derecho (tasa) o remuneración.
Este principio no constituye una dádiva o concesión que otorga el Estado, es un derecho adquirido que debe ser respetado y no puede ser desconocido, desmejorado o limitado por las autoridades.
En consecuencia, el derecho de los niños, niñas y adolescentes a obtener documentos públicos de identificación no puede estar condicionado a la capacidad económica de sus padres o representantes.
Es una obligación del Estado promover y garantizar el acceso a los servicios públicos a todos los ciudadanos, especialmente a los niños, niñas y adolescentes, cualquier decisión legislativa o administrativa que represente un obstáculo o limitación representa una amenaza a los derechos ciudadanos.

Angela Villafranca
Miembro del equipo de asesoría jurídica de Cecodap. Abogada de la Universidad Católica Andrés Bello e interesada en el derecho de familia y del niño, niña y adolescente.
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