La verdad en Venezuela, un derecho olvidado

Monseñor Oscar Arnulfo Romero fue un sacerdote salvadoreño que durante su vida luchó activamente por los derechos humanos en su país, llegando a ser reconocido internacionalmente por sus ideas. El 24 de marzo de 1980, el sacerdote fue asesinado por un francotirador mientras celebraba una misa. La muerte quedó impune y todavía nadie sabe la verdad que se oculta detrás del nombre de su homicida.

En el año 2010, la Organización de las Naciones Unidas declaró el 24 de marzo como Día Internacional del Derecho a la Verdad en relación con Violaciones Graves de los Derechos Humanos y de la Dignidad de las Víctimas el 24 de marzo. En esta fecha se conmemora a las víctimas de violaciones de derechos humanos, como son los casos de muertes, desapariciones y torturas. También se recuerda la importancia del derecho a la verdad y la justicia, además de rendir tributo a todos aquellos que dedicaron su vida a la lucha por los derechos humanos. 

Ahora bien, tenemos un día para recordar las obligaciones del Estado pero año tras año sigue aumentando el número de víctimas de tortura, asesinato y desapariciones. Los victimarios siguen sin recibir alguna condena por sus delitos.

¿Qué es el derecho a la verdad?

Este derecho implica que tanto las víctimas como sus familiares obtengan respuestas y toda la información posible sobre las circunstancias en las que se presentaron sus violaciones. Es el derecho que tienen de conocer los motivos y las personas que las cometieron, además, de contemplar la importancia de que lo sucedido no quede impune. La verdad constituye uno de los elementos que conforma la justicia desde una perspectiva de derechos humanos.

El informe anual del Alto Comisionado de las Naciones Unidas del año 2009, indica que «el ejercicio del derecho a la verdad solo se puede alcanzar efectivamente cuando las víctimas de las violaciones de derechos humanos pueden hacer valer sus derechos e iniciar el proceso de superar su pasado. La protección de los archivos y los expedientes de violaciones manifiestas de los derechos humanos, así como la protección de los testigos y otras personas que tomen parte en juicios por tales violaciones son elementos que se refuerzan mutuamente y resultan esenciales para asegurar el ejercicio efectivo del derecho a la verdad».

¿Se puede alcanzar?

Para poder hablar de un ejercicio pleno del derecho a la verdad de las víctimas, es necesario que, cuando cesen los abusos y violaciones, éstas víctimas puedan recuperar su dignidad y hacer valer sus derechos a través de su propia voz.

Deben activarse procesos de investigación, en los que se garantice el derecho a la justicia, reparación de los daños y tomar las medidas respectivas para que las violaciones no se repitan. 

El mecanismo más utilizado internacionalmente en este tipo de casos son las comisiones de la verdad. Se encargan de investigar los hechos en un determinado periodo de tiempo. Para eso, entre otras cosas, toman las declaraciones directas de la población afectada para tener toda la información posible sobre sus experiencias.

Esta vía fue utilizada en el caso de monseñor Oscar Arnulfo Romero. Gracias a estas comisiones, pudieron esclarecer que el responsable de su muerte formaba parte de grupos afectos al gobierno salvadoreño del momento, llamados “escuadrones de la muerte”

Venezuela, otra historia

Hablar del derecho a la verdad en relación a violaciones graves de los derechos humanos y de la dignidad de las víctimas, no podemos ignorar la realidad venezolana. Se podría hacer referencia a muchos casos pero en esta oportunidad se tomarán en cuenta los hechos del 27 de febrero de 1989 y los del 12 de febrero de 2014. En ambas fechas se produjeron hondas cicatrices a los derechos humanos de los venezolanos.

Los hechos del 27 de febrero de 1989 son conocidos popularmente como El Caracazo. Se trata de una serie de protestas motivadas como respuesta a las medidas económicas que fueron anunciadas bajo la presidencia de Carlos Andrés Pérez.

Dichas protestas trajeron como resultado según cifras oficiales 276 muertes; pero, según cifras extraoficiales se estima que hubo más de 3.000 fallecidos. Entre las personas fallecidas se encuentran Francisco Antonio Moncada Gutiérrez de 8 años, Julio César Freites, de 17 años, y Daniel Guevara Ramos, de 17 años. Así como también perdieron la vida muchos padres y madres de familia. 

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en la sentencia Caso del Caracazo vs Venezuela condenó al Estado venezolano por los abusos cometidos por la Policía Metropolitana. A su vez, se le acusó de usar mecanismos institucionales para asegurar la impunidad de los responsables; es decir, no se ha podido hacer justicia. Además, muchos de los familiares de las víctimas no han tenido acceso a los expedientes, clara violación del derecho a la verdad. Según el abogado Jesús María Casal, en dicha sentencia, “el perito considera que la actuación de los órganos legales ha producido una grave denegación de justicia.

Por otro lado, otra forma de ejercer el derecho a la verdad es el de tomar las medidas respectivas para que las violaciones de derechos humanos no se repitan. Estas medidas que no han sido tomadas por el Estado venezolano, debido a que en el año 2014 se presentó otra serie de protestas por parte de estudiantes.

Estas iniciaron el 12 de febrero y se mantuvieron durante días. Mientras las manifestaciones tuvieron lugar los funcionarios del Estado arremetieron en contra de los protestantes a través de torturas, golpes, disparos, bombas lacrimógenas, entre otros. Hasta la fecha, poco se sabe de las sanciones que recibieron o no los responsables de los 43 fallecidos que dejó la represión en 2014.

En consecuencia, en Venezuela no hay un pleno ejercicio del derecho a la verdad. Todas aquellas condiciones que deben cumplirse para que este derecho esté garantizado, no se materializan y en realidad, se repiten en mayor magnitud, tomando vidas de niños, niñas y adolescentes venezolanos y de sus padres.

Los daños no han sido reparados. Continúa la impunidad de los responsables y no hay acceso a la justicia debido a que existen casos en los que ni siquiera se han podido iniciar los respectivos procedimientos de denuncia. 

Justicia para niños y adolescentes

El informe Mundial de Violencia contra los Niños publicado por la ONU en el año 2006 indica que la violencia contra la niñez y adolescencia se encuentra oculta, invisibilizada, poco denunciada y registrada.

Situaciones de violencia contra los niños, niñas y adolescentes no han disminuido y se agravan en un contexto de pandemia y de emergencia humanitaria que afecta especialmente a Venezuela.

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Hablar de verdad como derecho obligatoriamente incorpora a todas las personas. No debe ser excluido un niño, niña o adolescente víctima. De hecho, debe garantizase de forma diferenciada, tomando en consideración su desarrollo evolutivo y respetando el rol de protección que detentan las familias.

Es menester para la consolidación del tejido social que cualquier caso de violencia que involucra a este sector de la población sea investigado y que la verdad sea un elemento fundamental para garantizar la justicia, evitar la impunidad y sobre todo que no se repitan.

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